Cómo hacer una denuncia al Ministerio de Trabajo
Todo empleado puede estar sometido a situaciones que considere injustas o incómodas en el trabajo. Para enfrentar dichas situaciones cuenta con derechos establecidos en la Constitución. Si consideras que has sido víctima de injusticias en tu medio laboral aquí te enseñamos todo lo relativo a cómo hacer una denuncia al Ministerio del Trabajo para que presentes un derecho de petición.
El Ministerio del Trabajo
El Ministerio del Trabajo de Colombia está ideado para proteger los derechos de los colombianos que están en capacidad de trabajar. Tomando en cuenta que el trabajo es lo que promueve el progreso de la gente, y en consecuencia del país, uno de los objetivos de este ministerio es garantizar los derechos fundamentales del trabajo, así como fortalecer el diálogo social. Es por ello, que ha diseñado un sistema de gestión donde los ciudadanos pueden presentar las solicitudes de PQRSD acerca de temas laborales.
PQRSD
El PQRSD es una solicitud que hace el ciudadano con el fin de recibir una respuesta sobre temas de competencia del Ministerio del Trabajo, en Colombia. Dicha solicitud puede ser de carácter general o de carácter particular.
Peticiones – Quejas – Reclamos – Sugerencias – Denuncias
Antes de que presentes una PQRSD ante el Ministerio de Trabajo, debes tener en cuenta las siguientes definiciones para que sepas como clasificar tu solicitud:
- Petición: una petición es un derecho reconocido por la Constitución a los ciudadanos para que puedan dirigirse a las autoridades en demanda de algo que estimen justo y conveniente. Todo ciudadano tiene derecho a presentar una petición de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Constitución Política y el artículo 5to. y siguientes del Código Contencioso Administrativo.
- Queja: una queja es un malestar o descontento por un servicio no prestado oportuna o eficazmente por una entidad. Es la manifestación que tiene por objeto poner en conocimiento del Ministerio del Trabajo conductas irregulares de sus funcionarios en cumplimiento de su labor.
- Reclamo: el reclamo es el derecho que tiene todo ciudadano de exigir o demandar solución referente a la atención inadecuada u omisión de la prestación del servicio. Es una manera de exigirle a la entidad que corrija la situación que impide o atropella el ejercicio de los derechos o, en su defecto, que mejoren la calidad de su servicio. Es la expresión de inconformidad por la prestación deficiente de los servicios que ofrece el Ministerio del Trabajo en cumplimiento de sus funciones
- Sugerencia: la sugerencia es el acto de proponer o recomendar una idea para mejorar la prestación de un servicio en la entidad.
- Denuncia: la denuncia es el acto de poner en conocimiento del funcionario competente la comisión de un hecho delictuoso del que se hubiere tenido noticias por cualquier medio.
Plazos de respuesta
El Ministerio del Trabajo dispone de quince (15) días para contestar quejas, reclamos y manifestaciones, diez (10) días para contestar las peticiones de información y treinta (30) días para contestar las consultas. El tiempo comienza desde la recepción de la petición en la institución. Solo se exceptúan aquellas peticiones que incluyan un proceso disciplinario.
Extensión del plazo
Cuando de manera excepcional no sea posible resolver la petición en los plazos señalados, la autoridad debe informar esta circunstancia al interesado. Debe hacerlo antes del vencimiento del tiempo estipulado expresando los motivos de la demora y el plazo en que se resolverá o dará respuesta. Este tiempo adicional no puede exceder del doble del previsto inicialmente.
Cómo hacer una denuncia al Ministerio de trabajo
El Ministerio del Trabajo ofrece un sistema de gestión para presentar una petición con relación a competencias del organismo a través de su Canal Virtual.
Para realizar tu petición sigue los siguientes pasos:
- Ingresa al portal Web del Ministerio del Trabajo: http://www.mintrabajo.gov.co
- Una vez en la página principal haz clic en el botón de ‘Atención al Ciudadano’, y selecciona la opción ‘Centro de Atención y Orientación Laboral’ del submenú desplegado.
- Ubica el canal virtual, al final de la página, y haz clic en ‘PQRSD’.
- Realiza la lectura del aviso del tratamiento de datos personales, acéptala, y haz clic en el botón ‘Enviar’.
- El sistema muestra el formulario de radicación, selecciona el tipo de PQRSD en el cual estás interesado.
- En el caso de una queja se solicita la siguiente información:
- Datos de quien presenta
- Datos socio-económicos
- Datos el funcionario público del Ministerio del Trabajo
- Adjuntar documentos
- En el caso de un reclamo se solicita la siguiente información:
- Datos de quien presenta
- Datos socio-económicos
- Nombre del servicio o trámite con el cual estás inconforme
- Adjuntar documentos.
- Una vez diligenciado en su totalidad el formulario, haz clic en el botón ‘Enviar’ y se enviará la petición para radicación, en donde a través del correo electrónico registrado te enviarán el número de radicación único, para que puedas realizar el respectivo seguimiento.
- El seguimiento a la petición la podrás realizar a través del portal web de la entidad en el siguiente enlace:
http://pqrsd.mintrabajo.gov.co/SedeElectronicaWeb/cofs/CU0010-SinLoggear.xhtml
Datos de contacto del Ministerio del Trabajo
Sede Administrativa
Dirección: Carrera 14 No. 99-33 pisos 6, 7, 10, 11, 12 y 13
Código Postal: 110221
Teléfonos PBX: (57-1) 3779999
Canal Presencial
Bogotá. Sede principal: carrera 14 No.99-33 piso 6°
Puntos de Atención en Nivel Territorial
Para radicar documentación que no sea referente a orientación laboral debes enviar correspondencia al correo: solucionesdocumental@mintrabajo.gov.co
Canal Telefónico
Horario de atención:
Lunes a Viernes de 7:00 am a 7:00 pm
Sábado: 7:00 am a 1:00 pm
Bogotá (57-1) 3 77 99 99 Opción 2
Línea nacional gratuita: 018000 112518
Chat:
Horario de atención:
Lunes a Viernes de 7:00 am a 7:00 pm
Sábado: 7:00 am a 1:00 pm
Video llamadas:
Horario de atención:
Lunes a Viernes de 7:00 am a 7:00 pm
Sábado: 7:00 am a 1:00 pm.
Requisitos técnicos video llamadas:
- La velocidad de conexión como mínimo debe ser 768Kb.
- Se recomienda usar: Windows 7 o superior, Ubuntu 16 u otras distribuciones, Mac OS, Android.
- Se debe tener la última versión de uno de los siguientes navegadores: Google Chrome, Microsoft Edge, Firefox, Opera
- Dispositivos multimedia: Cámara de Video, Micrófono, Altavoces o Audífonos.
Notificaciones Judiciales
notificacionesjudiciales@mintrabajo.gov.co
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